Resolución del Congreso Mundial y del Comité Ejecutivo, Nápoles, Italia
13 y 16 de octubre de 2025

«Uso centrado en el ser humano de la inteligencia artificial en el sistema de propiedad intelectual»

FICPI, la Federación Internacional de Abogados de Propiedad Intelectual, ampliamente representativa del ejercicio libre de la profesión a nivel mundial, reunida en su Congreso Mundial y Comité Ejecutivo celebrados en Nápoles, Italia, del 13 al 17 de octubre de 2025, aprobó la siguiente resolución:

RECONOCIENDO el rápido desarrollo de la inteligencia artificial (IA) y el uso creciente de esta tecnología por parte de las oficinas de propiedad intelectual, los abogados y agentes de propiedad intelectual¹ y los solicitantes de derechos de propiedad intelectual;

RECORDANDO a las oficinas de propiedad intelectual sus resoluciones anteriores «Herramientas de búsqueda de las oficinas de patentes» (EXCO-CO13-RES-005) y «Acceso a herramientas automatizadas de búsqueda, clasificación y examen desarrolladas por las oficinas de propiedad intelectual» (EXCO-EB21-RES-005), en las cuales se instó a dichas oficinas a poner sus herramientas automatizadas a disposición de todos los usuarios de los sistemas de propiedad intelectual, sin costo alguno;

CONSIDERANDO que el derecho a ser oído constituye un principio fundamental del debido proceso y de los procedimientos y juicios justos, lo cual implica ser oído por al menos una persona humana competente;

ACOGIENDO FAVORABLEMENTE la idea de un enfoque centrado en el ser humano para el uso de la inteligencia artificial, en el cual la IA actúe como una herramienta de apoyo y asistencia a la persona humana;

RECONOCIENDO que la inteligencia artificial, utilizada de manera responsable, puede contribuir a la preparación de solicitudes de derechos de propiedad intelectual, al examen de dichos derechos y a la adopción de decisiones finales en materia de propiedad intelectual con altos estándares de calidad y de manera altamente eficiente;

INSTA a los abogados y agentes de propiedad intelectual a ser transparentes con sus clientes respecto del uso de inteligencia artificial en la prestación de sus servicios;

INSTA a las oficinas de propiedad intelectual, a los organismos administrativos y a los tribunales a ser transparentes respecto del uso de inteligencia artificial en la realización de búsquedas y en la emisión de dictámenes y decisiones;

INSTA ADEMÁS a las oficinas de propiedad intelectual y a los tribunales competentes en materia de propiedad intelectual a utilizar la inteligencia artificial de manera responsable y con un enfoque centrado en el ser humano, garantizando que las decisiones sustantivas sean adoptadas siempre por al menos un examinador humano o un juez humano competente.


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